1Por Dr. Fabián Antonio GIROLIMETTO
La Superintendencia de Seguros de la Nación, con fecha 14 de Julio de 2016, ha dictado la Resolución N* 39.927 y sus respectivos anexos I y II, introduciendo cambios de importancia en los límites y condiciones del Seguro Automotor (obligatorio y voluntario) y en lo referido al Transporte Público de Pasajeros.
En primer lugar crea una nueva Póliza Básica del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (SORC). Cabe señalar como característica más sobresalientes la circunstancia que no se podrán emitir pólizas con una antelación mayor a los treinta días de su entrada en vigencia. Sólo podrán emitirse contratos con una vigencia superior al año cuando se trate de unificar vencimientos de distintas pólizas de un mismo asegurado. Para el supuesto de vehículos con garantía prendaria, podrán emitirse contratos con vigencia anual continuada que abarque el período total del contrato prendario, aplicándose en cada nueva
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