Jornadas preparatorias al Congreso Nacional de Derecho de Seguros Mendoza 2018

El próximo 30 de Noviembre del corriente de 15:30 a 20hs, se realizará en el Colegio de Abogados de Mendoza, las “JORNADAS PREPARATORIAS al Congreso Nacional de Derecho de Seguris – Mendoza 2018”. En tal ocación diseratarán los Dres. Hugo Alejandro Acciarri y Martín Argañaraz Luque quienes hablarán sobre “La cuantificación de las incapacidades en el Código Civil y Comercial de la Nación” y “La inoponibilidad Deducibles a Terceros: Un mal antecedente para el Mercado Argentino” respectivamente. Las jornadas serán coordinadas por la Srta. Marina Lilén Sánchez y dirigidas por el Dr. Juan Pablo Quevedo Mendoza.

Inscripciones en la sede del Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza cito en Pedro Molina 447 Ciudad Mendoza, Tel/Fax:

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Maggio Rocio Soledad c/ Aseguradora Federal Argentina y otro, s/ ordinario

SUMARIO: La actora inicia demanda con su aseguradora y su productor en los términos del art 40 de la LDC por incumplimiento contractual, en primera instancia se rechaza la demanda. En segunda instancia Cámra revoca el decisorio en el entendimiento de que si bien es cierto que el productor procuró acreditar que obró dentro de los límites de su mandato y que la causa del daño le resultó ajena, no logró desvirtuar su intervención en la “cadena de comercialización” del seguro que amparaba el rodado de la actora. Entonces, siendo absolutamente claro que el Productor de Seguros, es un ‘vendedor’ de los ‘servicios’ (productos) de la Compañía de Seguros, es que resulta evidente que forma parte de su “cadena de comercialización”. Asimismo, que el productor de seguros es la cara visible y muchas veces el único interlocutor con el que cuenta el consumidor. De manera tal que se torna aplicable, en forma directa el art. 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece la “responsabilidad solidaria”.

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